Los contratos lácteos en España podrán modificarse según los costos

Los contratos lácteos en España podrán modificarse según los costos

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado en su página web la modificación de la normativa que regula las condiciones de contratación en el sector lácteo, que ha iniciado el proceso de audiencia e información pública.  La iniciativa tiene por objeto facilitar que los contratos de compra-venta de leche cruda entre la industria y los productores se ajusten con rapidez a los incrementos en los costes de producción que de manera sostenida se vienen produciendo en los últimos meses. Se trata de asegurar que estos gastos se repercutan de manera equilibrada a lo largo de la cadena de valor de la leche y productos lácteos sin que produzcan reducciones de márgenes en las granjas que pongan en peligro su viabilidad.

La reciente publicación de la modificación de la Ley de la Cadena Alimentaria, en vigor desde el pasado 15 de diciembre, busca lograr unas relaciones comerciales más justas, equilibradas y transparentes, y para ello, entre otros aspectos, introduce la prohibición de la destrucción de valor a lo largo de la cadena, por lo que cada operador debe pagar al eslabón anterior un precio igual o superior al coste asumido. Por ello resulta necesario introducir ciertas modificaciones en la normativa que actualmente regula la contratación láctea, de manera que se garantice que esta premisa se cumple también en el caso de que la situación de los costes varíe de manera significativa y sostenida en el tiempo.

La propuesta de cambio abre la posibilidad de que los productores con contratos suscritos a precio fijo y de al menos un año de duración soliciten a la industria una nueva oferta de contrato cuando, como en el momento actual, exista un incremento sostenido y continuado de los costes durante al menos tres meses que se traduzca en precios por la leche entregada inferiores a los costes de producción durante ese período. El comprador estará obligado a presentar la oferta en un plazo máximo de un mes para suscribir un contrato que respete así lo previsto en la Ley de la Cadena o de lo contrario tendrá que atenerse al régimen sancionar estipulado.

Asimismo, en los contratos con precio variable se debe realizar un ajuste que garantice que la evolución del precio del contrato se acompasa realmente con la realidad del mercado, muy en particular en relación a la evolución de los costes de producción que mayor influencia tienen en la formación del precio, como los piensos o la electricidad.

Por otro lado, también se introducen otra serie de modificaciones que pretenden mejorar tanto el poder negociador del productor como las relaciones contractuales establecidas. Así, se disminuyen los umbrales productivos necesarios para constituir una Organización de Productores tanto en el vacuno (baja a 75.000 toneladas) como en el caprino (a 15.000), ya que la experiencia adquirida desde la publicación de la norma ha demostrado que un tamaño excesivo para constituir estas organizaciones puede generar dificultades en su gestión y eficacia.

El proyecto, para cuya elaboración se ha consultado a las comunidades autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados, así como a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, estará sometido a información pública durante solo siete días, hasta el próximo 20 de enero inclusive, por la urgencia derivada de la situación actual.

 

Fuente: https://www.eldiadevalladolid.com/